IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE BOLSAS PLÁSTICAS

IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE BOLSAS PLÁSTICAS

A PARTIR DEL 1º  DE JULIO DE 2017

Como una medida tendiente a evitar la alta contaminación y mitigar el impacto ambiental que ocasiona la utilización de las bolsas plásticas por parte de los consumidores que las utilizan como medio para cargar y llevar los artículos adquiridos en los supermercados y establecimientos de comercio que las provean, la reforma tributaria introdujo el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, a partir del 1 de Julio de 2017.

Este es uno de los nuevos impuestos que trajo la Ley 1819, y se cobrará de acuerdo con la siguiente tabla:

Año

2017                          $20  por cada bolsa
2018                          $30  por cada bolsa
2019                          $40  por cada bolsa
2020                         $50  por cada bolsa
2021                          $60  por cada bolsa

Estas tarifas estarán reajustándose anualmente de acuerdo con el IPC que certifique el DANE para el año terminado en Noviembre 30.

Pero hagamos unas cuentas. Si un hogar que hace mercado cada 15 días en un supermercado de cadena o establecimiento similar, utiliza unas 15 bolsas para empacar sus productos, el almacén le cargará en la factura el valor de $300 por cada una de las bolsas utilizadas. Si este proceso se repite a lo largo del año, tendrá que pagar la suma de 24 X $300 = $7.200 al año. Aparentemente es poco, pero si nos detenemos a contar la cantidad de bolsas plásticas que utiliza un supermercado o almacén de cadena cada vez que va a hacer mercado, el asunto adquiere otras dimensiones. Indudablemente esto representará una disminución en el consumo de esta clase de artículos que se volvieron comunes para nuestros hogares.

Asimismo el artículo 207 de la ley establece una compensación para quienes utilicen bolsas plásticas que ofrezcan soluciones ambientales o que sean biodegradables en los rellenos sanitarios, de acuerdo con pruebas y certificaciones otorgadas por la autoridad ambiental. En esos casos, la tarifa tendrá una reducción que va desde el 25% hasta el 100% de la tarifa dependiendo del nivel de impacto (de 1 a 4) al medio ambiente y la salud pública.

Adicionalmente no estarán sometidas a este impuesto las bolsas plásticas cuya finalidad no sea cargar o llevar productos al momento de la entrega, o las que sean utilizadas como material de empaque de los productos re-empacados, las biodegradables debidamente certificadas por el ministerio del medio ambiente y desarrollo sostenible y las que sean reutilizables.

De esta manera, se abre paso a una vieja tradición para ir al mercado, ya que nuestros padres llevaban canasto, costal de fique o simplemente cajas en las que ponían bolsas de papel, la mayoría de veces utilizada para hacer las sumas por parte del tendero.

GONZALO ROJAS R.

gonzalo.rojas@alphasas.co

 

No. 9 – Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas a partir del 1º de Julio de 2017

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