LOS IMPUESTOS SEGÚN LA LEY
Los impuestos que se eliminaron y los que se crearon con la
Ley 1819 – REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL-
Como es sabido la Ley 1819 de diciembre de 2016, además de modificar la tarifa general del IVA del 16% al 19%, quiso simplificar el cumplimiento tributario para los contribuyentes y eliminó los gravámenes del IMAN, del IMAS, el CREE y su sobretasa y el impuesto a la riqueza. Hasta allí nos parecía todo muy bien, pensando en la simplicidad del proceso.
Pero a cambio, trajo unos nuevos tributos que tendremos que empezar a declarar y pagar en el año 2017:
- Se creó el impuesto a los dividendos con tarifas del 5% y 10% que recae sobre la persona natural poseedora de las acciones;
- Se estableció un sistema cedular para categorizar las rentas de la persona natural en 5 categorías, cada una de ellas deberá tener un sistema de depuración individual y no podrán compensarse perdidas entre las diferentes cedulas;
- Se creó el MONOTRIBUTO para aquellos pequeños comerciantes cuyos ingresos al año no superen las 3.500 UVT (hoy $111.506.500), es decir, quienes tengan ingresos mensuales de menos de $10 millones en promedio, pagarán en un solo formulario un impuesto entre $40.000 y $80.000 pesos mensuales.
- A partir del 1 de Julio de 2017 el consumo de bolsas plásticas que tengan por finalidad cargar o llevar productos adquiridos en establecimientos comerciales que las suministren, deberán pagar un impuesto al consumo de $20 por bolsa.
- Se estableció el impuesto nacional al consumo de “cannabis medicinal”
- También se estableció el impuesto nacional al carbono que se causa en la venta, retiro, importación para el consumo propio o para la venta de todo tipo de combustibles fósiles.
- Además se creó la contribución parafiscal al combustible, con el propósito de financiar el fondo de estabilización de precios a los combustibles – FEPC.
- Se estableció la Contribución Nacional de Valorización como una manera de recuperar lo beneficios que tienen los bienes inmuebles por la construcción de obras de interés público o de infraestructura.
- Se dan facultades a los concejos municipales para adoptar el impuesto de alumbrado público
- Se modifica el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado,
- Y un mes atrás, se habían introducido modificaciones al impuesto al consumo de bebidas alcohólicas.
Como si fueran pocas las modificaciones y cambios introducidos por la Reforma Tributaria Estructural, se introducen los marcos técnicos normativos como base para establecer el reconocimiento y medición de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, que en muchos casos difiere sustancialmente de los sistemas fiscales, lo que obligatoriamente nos llevará a manejar un sistema de conciliaciones de las diferencias entre lo contable y lo tributario.
Para que más simplicidad!!!
GONZALO ROJAS R.
gonzalo.rojas@alphasas.co